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Propietarios de talleres, cómo preparar su jubilación

Propietarios de talleres, cómo preparar su jubilación

¿Es usted uno de esos propietarios de talleres y, en general, de esos ejecutivos que descuidan su jubilación? Si es así, no es ni mucho menos el único que se encuentra en esta situación. Esta observación no pretende ser tranquilizadora en absoluto, sino que está ahí para alertarle sobre su futura situación. Muchos ejecutivos no prevén suficientemente su salida de la vida activa y sufren de lleno la disminución de sus ingresos. Una jubilación exitosa es una jubilación anticipada y la procrastinación no es el camino a seguir. ¿Cómo puede preparar su jubilación adecuadamente?

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¿Cuándo jubilarse?

La edad legal de jubilación es la misma para todos, si se excluyen los beneficiarios de los regímenes especiales. Así que puede colgar el mono y guardar la caja de herramientas a partir de los 62 años. Esto no significa que vaya a cobrar la jubilación completa en el taller, necesita haber cotizado lo suficiente para ello, como puede ver en la siguiente tabla.

Fecha de nacimiento Edad legal de jubilación Edad de jubilación plena
Antes del 01/07/1951 60 años 65 años
Del 31/7/1951 al 31/12/1951 60 años y 4 meses 65 años y 4 meses
1952 60 años y 9 meses 65 años y 9 meses
1953 61 años y 2 meses 66 años y 2 meses
1954 61 años y 7 meses 66 años y 7 meses
a partir del 01/01/1955 62 años 67 años

Si no tiene suficientes cuartos, entonces debe continuar su actividad como encargado de taller hasta los 67 años. De hecho, un ejecutivo no empleado en el sector privado que no haya cotizado el número necesario de trimestres sólo puede solicitar una pensión a partir de los 67 años. El cálculo de la futura pensión se realiza sin penalización de minoración, es decir de descuento, pero en proporción al número de trimestres cotizados.

En cuanto a los trimestres, también entra en juego el año de nacimiento. Así, un empresario nacido en 1955 deberá sumar 166 trimestres (es decir, 41 años y 2 trimestres) para disfrutar de una pensión completa, mientras que uno nacido en 1964 deberá reunir 169 trimestres (42 años y un trimestre).

¿Qué pensión para qué estado?

Recuerde la creación de su taller de reparación de automóviles. Tuvo que optar por un estatus legal. Esta elección no es ni mucho menos trivial, ya que tiene una consecuencia directa en la cuantía de su pensión ejecutiva.

El ejecutivo autónomo

El encargado de un taller mecánico es un trabajador no asalariado en cuanto está al frente de una EURL, una EIRL o es el gerente mayoritario dentro de su SARL. La Seguridad Social de los autónomos gestiona sus pensiones básicas y complementarias. Se calculan de la misma manera que para los empleados.

Tenga en cuenta, sin embargo, que las cotizaciones siguen siendo inferiores a las de un trabajador por cuenta ajena. Por ello, se recomienda encarecidamente anticiparse a la futura caída de los ingresos. Existen muchos planes de ahorro complementarios para compensar esto y un asesor patrimonial o una aseguradora especializada estarán encantados de ayudarle con esto.

El ejecutivo asalariado

El propietario de un taller profesional tiene la consideración de trabajador por cuenta ajena si es el gerente minoritario de una SARL o el director de una SL o SLU.

Está afiliado al régimen general de pensiones gestionado por la Aseguradora Jubilación, así como al régimen de pensiones complementario Agirc-Arrco. Su pensión se calcula de la misma manera que la de un ejecutivo por cuenta ajena. Aunque la cantidad siga siendo correcta, no permite vivir a lo grande. El propietario de un taller asimilado a un asalariado también se expone a una caída repentina de los ingresos y no debe esperar a que se acerque la fecha límite para poner en marcha soluciones complementarias.

Cómo preparar adecuadamente la jubilación

Hemos dedicado un artículo entero a el traspaso de un taller de coches, y no es casualidad. Para el propietario de un garaje independiente, prepararse para la jubilación significa en la mayoría de los casos encontrar un comprador para su taller y asegurarse de venderlo lo mejor posible. La suma recibida al final de la venta suele complementar ventajosamente la pensión de jubilación.

Inversión inmobiliaria es también un recurso que puede resultar muy rentable para un encargado de talleres. Proceda a adquirir, en su nombre o a través de una SCI, las paredes de su taller. Así, cuando llegue el momento de vender el local, sólo venderá el negocio y seguirá siendo el propietario del mismo. A continuación, reciba una renta de la tierra.

Un ejecutivo también puede ahorrar desde el principio de su carrera e invertir su dinero en seguros de vida o en pólizas de pensiones complementarias. Esta inversión es especialmente segura y proporciona una importante renta vitalicia a su abonado.

¿Puede el propietario de un taller compaginar su jubilación con un nuevo trabajo?

Ya lo siente, como buena persona hiperactiva que es, nunca podrá conformarse con una jubilación plana quedándose en casa. Ya está pensando en emprender una actividad profesional, que no sólo le mantendrá ocupado, sino que le proporcionará unos pequeños pero muy apreciables ingresos adicionales.

Combinar empleo y jubilación es totalmente posible, siempre que se cumplan ciertas condiciones. Su nueva actividad puede permanecer absolutamente en el campo de la mecánica del automóvil si lo desea.

Las condiciones que hay que cumplir para beneficiarse de este sistema son las siguientes :

  • Convalidación obligatoria de sus pensiones de jubilación (básica y complementaria) ;
  • Contactar con su fondo de pensiones principal al mes siguiente de reincorporarse al trabajo ;
  • Transmisión de los documentos justificativos de la nueva actividad.

Tenga en cuenta que un autónomo puede seguir siendo autónomo o cambiar totalmente de línea de trabajo.

Para aclarar todas sus dudas y preguntas, no dude en consultar la web de IRP. El grupo de protección social para profesionales del automóvil apoya a los empleados, pero también a los artesanos y a los trabajadores no asalariados (TNS) del sector del automóvil en la preparación de su jubilación.

Posteado el 21/05/2021 por PRO 0 1340

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